Documentación para boda religiosa

¿Te casas por la iglesia? Si quieres celebrar una ceremonia religiosa, estos son todos los papeles que tendrás que presentar.
Quizá una de las cosas más “rollo” que os tocará hacer es el tema del papeleo. Si os habéis decidido casar por la iglesia, en este post os quiero ayudar a tener claro la documentación que necesitaréis para que el párroco pueda tramitar vuestro expediente matrimonial.

Estos son documentos que deberéis presentar:

Certificado de nacimiento actualizado de cada uno de los novios. Para poder solicitarlo, hay que dirigirse al Registro Civil de vuestro lugar de nacimiento. No obstante, hay algunas parroquias que les vale con el libro de familia (en la mía bastó con el libro).

Partida de bautismo: Se obtiene en la parroquia en la que os habéis bautizado. Es importante no pedirla con mucho tiempo de antelación ya que “caduca” pasados 6 meses.

Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.

Certificado de haber asistido al cursillo prematrimonial.

En algunas iglesias o parroquias suele pedirse también el certificado de confirmación y/o el certificado de soltería. Este último se suele pedir si uno de los novios es extranjero y se solicita en el ayuntamiento de la ciudad en la que se esté empadronado.

  En casos especiales se requerirá además la siguiente documentación:

Dispensa: Si procedéis de distintos cultos o religiones o existe cualquier otro impedimento contemplado en el Derecho Canónico.

Permiso paterno: Si alguno de vosotros es menor de edad.

Partida de defunción: Si uno de los dos es viudo. Este certificado se obtiene en el Registro Civil.
  Estos papeles formarán parte de vuestro “expediente matrimonial”. Una vez entregada toda esta documentación en la parroquia, deberéis realizar los dichos, para lo que necesitaréis un testigo por cada contrayente (deben ser mayores de edad y estar correctamente documentados).

roylu_0004


El sacerdote será además el encargado de la publicación del casamiento, proclamas y amonestaciones. Y, si habéis decidido casaros en una parroquia distinta a la vuestra, deberéis solicitar también el traslado del expediente.

Para que la ceremonia de boda sea reconocida plenamente, será necesario inscribir el matrimonio en el Registro Civil. Una vez concluida la ceremonia religiosa y firmado el acta matrimonial, se deberá entregar en el plazo de cinco días hábiles.

¿Y tú? ¿Te casas por la iglesia o por lo civil?

Archivado en: Por dónde empezar Tagged: boda, bodareligiosa, documentación, organizar, planning
Fuente: este post proviene de Me lo ha pedido, donde puedes consultar el contenido original.
¿Vulnera este post tus derechos? Pincha aquí.
Creado:
¿Qué te ha parecido esta idea?

Recomendamos

Esta idea proviene de:

Y estas son sus últimas ideas publicadas:

Hasta ahora os he querido aconsejar sobre cómo elegir el lugar de celebración, el catering y el fotógrafo. En este post os quiero ayudar a buscar en general a todos los proveedores que necesitaréis pa ...

Relacionado

En uno de los post de la semana pasada os indicaba la documentación que necesitaréis en el caso en el que hayáis decidido casaros por la iglesia. Si os vais a casar por lo civil, este post os interesa ...

¡Hola, hola! Cómo ya os anuncié en el post que publiqué ayer aquí, este año he decidido realizar una lista de própositos para el 2014 y, además, incluir nuevas secciones en el blog que muy pronto sabr ...

Quieres casarte pero no sabes ni por dónde empezar. Lo único que tienes claro es que quieres una ceremonia civil. ¿Esto cómo funciona? ¿Qué tenemos que hacer? Lo primero, decidid si solamente queréis ...

Si te vas a casar por la iglesia, uno de los requisitos que te pedirán para hacer el expediente matrimonial, es realizar el cursillo prematrimonial. ¿Tienes claro en qué consiste y cuándo y dónde pued ...